(+34) 943 896 024 (8:00 - 15:00) udala@getaria.eus

Registro de animales

Registro de animales

Descripción

Los/as propietarios/as de perros potencialmente peligrosos titulares de la licencia de tenencia de animales potencialmente peligrosos, deberán inscribir al perro en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos del municipio donde esté censado el perro, en el plazo de 15 días contados a partir de la obtención de dicha licencia.

En cada municipio existe un Registro General de Animales Potencialmente Peligrosos clasificados por especies.

El traslado de un perro potencialmente peligroso a la Comunidad Autónoma del País Vasco, sea de forma permanente o por un periodo de tiempo superior a 3 meses, obligará a su propietario/a a realizar la oportuna inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.

La solicitud la deberá firmar el/la propietario/a del animal, no es posible la representación.

Unidad competente

POLÍCIA MUNICIPAL

Lugar : Gudarien Enparantza, 1 20808 GETARIA. Teléfono: 943 896024 fax: 943140190. email: udala@getaria.org

Horario : 9:00h—13:00h de lunes a sábado

Silencio administrativo

Agota vía administrativa

Observaciones

El/la propietario/a de un perro potencialmente peligroso deberá comunicar, en el plazo de 5 días, al Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos correspondiente cualquier variación respecto a los datos obrantes en el mismo.

Todos los incidentes producidos por Animales Potencialmente Peligrosos a lo largo de su vida, así como el traspaso, donación, pérdida, robo, muerte… del animal, deberán ser incluidos en el Registro. La hoja registral de cada animal se cerrará con su muerte o sacrificio certificado por veterinario o autoridad competente.

La sustracción o pérdida del animal habrá de ser comunicada por su titular al Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos en el plazo máximo de 48 horas desde que se tenga conocimiento de esos hechos.

Se consideran perros potencialmente peligrosos (PPP) aquellos que cumplan alguna de estas tres características:

– Pertenecer a alguna de las razas señaladas en el apartado siguiente.

– Tener unas características morfológicas capaces de causar lesiones graves . Anexo II

– Manifestar un marcado carácter agresivo o haber protagonizado agresiones a personas u otros animales.

La adquisición de un animal considerado potencialmente peligroso supone un mayor control sobre el animal y sobre el dueño que en el caso de los animales no catalogados como tal. Piensa que estos animales NUNCA van a poder pasear sueltos y sin bozal, ni siquiera en las zonas de esparcimiento. Recomendamos que se se reflexione profundamente sobre esta futura adquisición y se baraje la posibilidad de adquirir un animal que no esté en la lista de los PPP.

Normativa referente a PPP:

– Ley 50/1999, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

– Decreto 101/2004 sobre la tenencia de animales de la especia canina en al CAPV

Razas de Perros Potencialmente Peligrosas

La ley considera peligrosas las siguientes razas, tipologías de razas o cruces interraciales:

– Pit Bull Terrier

– Staffordshire Bull Terrier

– American Staffordshire Terrier

– Rottweiler

– Dogo Argentino

– Fila Brasileiro

– Tosa Inu

– Akita Inu

Además de estas razás las autoridades competentes podrán valorar y declarar a un animal como potencialmente peligroso. Esto se hará atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe del veterinario oficial.

Obligaciones del propietario y todas las personas que paseen a un PPP

– Ser mayor de edad

– El dueño así como todas las personas que paseen al animal deberán tener la

– Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos

– Registro del animal en el censo de PPP en el ayuntamiento en el que está censado el dueño

– Pasear un único perro potencialmente peligroso

– LLevar siempre el perro con bozal

– Correa no extensible y de no más 2 metros de largo. Los arneses están prohibidos

– Llevar siempre que se pasee al animal la licencia y el registro.

Sanciones

No cumplir con estas obligaciones, acarreará una sanción:

Grave: 300 – 2400 euros

– Llevar al perro suelto.

– Llevar al perro sin bozal.

– No tenerlo registrado.

– No tener licencia.

Documentación a entregar

  • Solicitud de inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos debidamente cumplimentado.
  • Fotocopia del DNI, CIF… o documento equivalente de el/la solicitante y, en su caso, de el/la representante.
  • Copia de la licencia de la persona titular para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
  • Copia de la cartilla sanitaria del animal.
  • Certificado veterinario acreditando la situación sanitaria del animal y la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso, con una antigüedad máxima de 12 meses.
  • Copia de la póliza y del recibo de pago del seguro de responsabilidad por daños a terceros con una cobertura no inferior a 120.000€.
  • Mikrotxipa daukan txakurraren erregistro-orriaren kopia.
  • Copia de la hoja de registro del perro microchipado.
  • Copia del documento acreditativo de la esterilización, en su caso.

Se presenta de forma presencial.  Se presenta de forma electrónica

Instancia

Tramitación electrónica

Puede realizar la tramitación de esta solicitud de forma electrónica.

Para formalizar la solicitud es necesario firmarla electrónicamente.

Iniciar tramitación electrónica

Información complementaria

Ordenanza municipal.

P0557-01.pdf

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